La digitalización ha llegado finalmente a la Administración Pública y desde el 2 de octubre de 2016, fecha en que entró en vigor la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, algunas personas y muchísimas entidades de diversos tipos tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración Pública.
Por ello, disponer de un certificado digital se ha vuelto una cuestión indispensable para empresas, asociaciones, sociedades, entidades varias y algunos particulares.
El certificado digital permite la identificación del usuario ante la Administración Pública, así como la realización de trámites online y la firma de documentos electrónicos con plenas garantías jurídicas y validez legal.
De acuerdo con la Ley 39/2015, tienen la obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración:
Por lo tanto, todos los usuarios anteriores necesitan de una forma de identificación electrónica: el certificado digital.
Las personas físicas pueden elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas a través de medios electrónicos o no. Por lo tanto, no están obligadas a tener un certificado digital, pero es importante tener en cuenta que cualquier ciudadano español o extranjero, mayor de edad o menor emancipado que disponga de DNI o NIE, puede solicitar y obtener gratuitamente el Certificado Digital expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre para acreditar su identidad y firmar electrónicamente.
Para los obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración es indispensable contar con un certificado digital por varias razones, entre las que encontramos las siguientes: